El Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 578/2014, de 4 de julio, por el que se dictan disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea (UE) relativa a la alimentación de animales de producción con determinados piensos de origen animal. La normativa de la UE sobre estos piensos está contenida en el anexo IV del Reglamento CE 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de mayo de 2001 y establece disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles. El Real Decreto desarrolla las condiciones de utilización de proteínas animales transformadas en la alimentación de animales de acuicultura y de los hemoderivados para la alimentación de animales de granja no rumiantes, distintos de los animales de peletería.
También regula los piensos destinados a ser utilizados para la alimentación de animales de granja no rumiantes, la producción de sustitutivos de la leche que contengan harina de pescado para la alimentación de rumiantes no destetados y el transporte.
La norma, que entra en vigor el miércoles 9 de julio, también informa sobre las infracciones y el régimen sancionar.